Inseguridad jurídica en Madrid.

La inseguridad jurídica, es la falta de claridad sobre las normas que rigen, es responsabilizar a los jueces de la adopción de medidas sin disponer muchas veces de los asesoramientos técnicos y del establecimiento necesario para la efectividad de las medidas. Las leyes nos deben proporcionar seguridad y estabilidad, para cuando se le pida a la justicia, que defienda los valores generales sobre los individuales, no se produzca una interpretación personal por parte de los jueces, donde tengan que preservar los intereses generales sobre los valores individuales, aunque la realidad es que lo ideal es que confluyeran ambas circunstancias.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la orden del ministro de Sanidad, Salvador Illa, que establecía medidas para frenar la transmisión del virus y que suponía el confinamiento perimetral de Madrid y 10 municipios de la Comunidad. Por eso es tan importante, tener las leyes adecuadas para adoptar medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria, sin tener que aplicar la alerta sanitaria.

El TSJM, seis días después de que la norma entrara en vigor, y aún siendo consciente de la gravedad de la crisis sanitaria sin precedentes” y admitiendo la necesidad de adoptar medidas para frenar los contagios, considera que constituye una limitación de los derechos fundamentales y una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos”, lo cual significa el fin de las medidas acordadas hasta al menos el 16 de octubre.

Lo que sirvió para segregar la movilidad de 37 áreas sanitarias, haciendo un confinamiento selectivo de Madrid, no ha servido para el confinamiento de toda la capital y de diez municipios. Lo que se puede considerar un triunfo de la Comunidad de Madrid en contra de la orden del ministro de Sanidad, donde los madrileños y madrileñas se encuentran en una inseguridad jurídica manifiesta. A partir de ahora, se suspenden todas las limitaciones de movilidad, a escasas 24 horas del puente del día nacional de España, que se celebra el 12 de octubre. Está claro que la falta de seguridad jurídica, proporciona situaciones tan difíciles de comprender, que lo que puede servir para decidir un confinamiento perimetral de capitales como Ourense, León, Palencia o por haber optado  retroceder a Fase 2 flexibilizada a Zaragoza capital por la festividad del Pilar, no sirvan para Madrid. Aparte, de innumerables poblaciones del resto de España que tienen o han tenido un confinamiento perimetral.

Resulta que en la Comunidad de Madrid no sirven los criterios establecidos en el Consejo Interterritorial de Salud para imponer restricciones a la movilidad en ciudades de más de 100.000 habitantes y recomendados para las de menor población. Si cumplían ciertos requisitos como: una incidencia acumulada en los últimos 14 días superior a 500 casos por cien mil habitantes, una tasa de positivos en las pruebas por encima del 10 % y una tasa de ocupación de las camas de cuidados intensivos en la región superior al 35 %. Madrid al solicitar medidas cautelares al TSJM y después de su sentencia, los ciudadanos de Madrid, pueden irse de puente sin prohibiciones y con el riesgo que esta medida comporta. Se ha decidido olvidar el interés de todos, como interés general, como bien común el derecho a la salud, por la interpretación de unos jueces, lo que supone una gran inseguridad jurídica. Resulta desalentador que que, a estas alturas de la crisis, se siga manteniendo abierto el debate político y jurídico de un marco normativo, que evite el desconcierto en la población. Y, que el frentismo político siga estando por encima del interés público, interés social, interés colectivo que es la salud…

 

Comentarios