El domicilio es inviolable, aún con reuniones ilegales.

El derecho a la intimidad es un derecho de libertad, estar en tu domicilio es estar en el ámbito privado de la persona. La inviolabilidad del domicilio es una de las manifestaciones más importantes del derecho a la intimidad y un derecho constitucional. Todo esto se recoge en el Artículo 18 de la Constitución Española, con tres excepciones: el consentimiento del titular, la decisión de un juez y en caso de delito fragrante. Una reunión ilegal en tiempo de estado de alarma por el coronavirus, es un delito administrativo, por lo tanto no se podría considerar un delito fragante. Pero, ¿entonces eso significa que todas las personas que quieran, pueden saltarse la ley, porque están dentro de un domicilio? Podríamos entrar en matices, si el domicilio es tu vivienda habitual o es cualquier sitio donde estés viviendo aunque sea esporádicamente. ¿Puede ser un piso turístico, que se alquila para una reunión ilegal, ser tu domicilio? Lo que está claro es que la protección del domicilio es un aspecto de la protección de la intimidad, es el derecho de no penetración en el mismo contra la voluntad del titular.

En 1992 se aprobó por el PSOE, la conocida como Ley Corcuera o Ley de la patada en la puerta, que recogía aspectos que, posteriormente, fueron declarados inconstitucionales. Después en 2015, el Partido Popular se aprobó la  «ley de protección de seguridad ciudadana», conocida como la «ley mordaza» que se presentó como «la garantía de los derechos y libertades». Ambas leyes, intentaban volver al estado policial, habilitando a la policía para el ejercicio de poderes exorbitantes de inspección, retención, represión y sanción, situando a la policía con el objetivo de la seguridad ciudadana y no del libre ejercicio de los derechos fundamentales. Es intolerable para un sistema democrático, infringir los principios de culpabilidad y que aún sabiendo, que pueda haber una reunión ilegal, la policía debería solicitar una orden judicial para entrar en un domicilio.

Se ha convertido en un video viral, la entrada de la policía en una casa alquilada en el barrio de Salamanca de Madrid el día 21 de marzo, en el que se ve a unos agentes de la Policía Nacional derribando la puerta para acceder a su interior, donde había una reunión ilegal de 14 personas, que se negaron a abrir la puerta a los agentes sin una autorización judicial. La proliferación de fiestas clandestinas en domicilios o pisos turísticos, debería ser una cuestión de responsabilidad de las personas, pero nunca las actuaciones policiales deberían poner fin por la fuerza y sin orden judicial. Una fiesta o reunión ilegal no se puede disculpar, pero no es una emergencia grave, por lo tanto, se puede esperar a una autorización judicial y no es necesario intervenir con urgencia. Aunque eso «ayude» a todas esas personas que no quieran cumplir con las normas sanitarias y que no se quieran identificarse a petición de la policía, pero por culpa de unos inconscientes que no cumplan las normas, no podemos perder nuestros derechos, los de todos.

Comentarios