Consentimiento.

Se ha reformado el Código Penal para que el consentimiento sea clave al juzgar los delitos sexuales. Desde la entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, el 7 de octubre de 2022, ha existido una utilización política del «solo si es si», acrecentado porque la aplicación de la misma ha supuesto la reducción de la pena a algunos condenados. «Solo sí es sí» hace referencia al postulado del consentimiento antes de cualquier interacción sexual. «Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona«, expone el texto legal. Eso significa que las mujeres no tienen que demostrar si hubo violencia o intimidación en una agresión para que sea considerada como agresión. Eliminando la distinción entre abuso y agresión sexual,  con un rango de penas más amplio, y con mínimos más bajos en algunos supuestos, eliminando la expresión abusos sexuales del Código Penal.

Una de las leyes más vanguardistas en favor de los derechos de las mujeres y de su consentimiento, se la están cargando por una mala utilización política. El hecho de rebajar penas ha sido achacada en su mayoría a un error del legislador o la responsabilidad de adaptar el Código Penal por parte de los jueces, tal como mantiene Unidas Podemos y el Ministerio de Igualdad. Pero, todas las noticias sobre rebajas de penas y excarcelaciones hablan de una cantidad, que aún siendo preocupante, no refleja toda la realidad. Porque, todas las condenas por abusos y agresiones sexuales tienen que revisarse en virtud de la aplicación de la nueva ley, ya sea de oficio o a petición de parte. Pero, lo importante es saber que la mayoría de los casos han mantenido su condena. ¿Por qué tanto énfasis, en dar unas cifras diarias de rebajas de condenas? ¿Por qué crear miedo a la población? ¿Por qué utilizar políticamente este tema, no para defender a las mujeres, sino para atacar al Gobierno? ¿Son defectos de la ley o simplemente son consecuencias del cambio del Código penal?

Atacar a una ley que contempla el consentimiento de la mujer, los diferentes escenarios del delito y hacer converger todos los conceptos en el de «agresión sexual», implica que se abre la horquilla de los delitos  y que han cambiado las penas. Además, todo condenado tiene derecho a pedir con la modificación de una ley una reducción de penas, el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicarse la ley «más favorable» al reo, además de tener rango constitucional en el Artículo 9.3. Ahora, el PSOE y la parte socialista del Gobierno quieren reformar la ley, pero las preguntas es: ¿por qué? y ¿para qué? Porque quizás el problema no es la ley, sino la aplicación de la misma. Es decir, estudiar caso por caso de acuerdo a la nueva ley. No es que se estén bajando las penas por un tipo de delito, sino que se están fusionando dos delitos en uno nuevo. Evidentemente no era el objetivo de la ley el que se pudieran rebajar las penas, pero eso eran plenamente conscientes todo el Gobierno de que se iba a producir, para algunos delitos, una reducción de las penas.

Lo importante no es la reducción de penas en el Código Penal, sino que la ley sea más protectora del derecho a la libertad sexual y que defienda el consentimiento de la mujer. Todo cambio en el Código Penal o en una ley, necesita tiempo, no se puede diagnosticar los defectos o virtudes desde el primer día, como se ha querido hacer con la ley del «solo si es si», quizás por necesidades electorales. Cualquier cambio puede convertirse en un obstáculo para el eficaz funcionamiento, por incompletos, insuficientes, anacrónicos o mal definidos, lo que puede suponer que los órganos oficiales encargados de aplicarlos, sean incapaces de interpretarlos y aplicarlos, o simplemente no quieran hacerlo.

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