Somos un sistema parlamentario.
Somos un sistema parlamentario y concretamente como dice la Constitución Española de 1978, que contiene las opciones político-jurídicas fundamentales sobre la forma de gobierno, el sistema electoral y el régimen de partidos, España se configura como una Monarquía parlamentaria. El Parlamento constituye el centro del sistema político, ya que «las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado». Porque «la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado».
Los principios clave que distinguen a un gobierno parlamentario del presidencialista son el origen. Bajo el parlamentarismo, sólo la asamblea es electa, de modo que el origen del ejecutivo deriva del de la asamblea y la elección del presidente está sujeta al apoyo de una mayoría parlamentaria. Mientras que el presidencialismo es un sistema de gobierno creado en Estados Unidos, contrario al parlamentarismo, en las que el Presidente se elige directamente por los votantes en elecciones presidenciales independientes de las de legislatura. Gran Bretaña es considerada la cuna del sistema de gobierno parlamentario, mientras que EEUU es el prototipo del sistema de gobierno presidencialista. Mientras en Europa predominan los parlamentarios, en América y en África está más difundido el presidencialista.
En España no escogemos a Pedro Sánchez, Alberto Núñez Feijóo, Yolanda Díaz o Santiago Abascal como presidentes. Tenemos el procedimiento a través del cual los votos se convierten en representantes en las cámaras, divididos por circunscripciones y el Método D’Hondt para repartir los representantes dentro del Congreso y el Senado. El acto de investidura tenga lugar aproximadamente un mes después de la constitución del Congreso, a mediados de septiembre, el aspirante a presidente del Gobierno elegido por el rey expondrá en el Congreso su programa político y solicitará la confianza de la Cámara. Tras sus intervenciones, se procederá a la votación del candidato propuesto pudiendo posicionarse en el sí, el no, o en la abstención. El candidato deberá conseguir el voto a favor de la mayoría absoluta de la Cámara (176 escaños), en cuyo caso podrá procederse a la formación de gobierno.
El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo si se presenta a la investidura supuestamente solo contaría con los votos del PP y Vox, lo cual parece improbable que pueda lograr la mayoría. Comenzaría a contar un plazo de dos meses para celebrar nuevos comicios si Pedro Sánchez no lo consiguiera tampoco, con el apoyo de Sumar, ERC, EH Bildu, PNV, Bloque Nacionalista Galego, Coalición Canaria y la abstención de Junts. Y, sin el voto afirmativo de CC, solo valdría el voto afirmativo de Junts. Parece que estamos condenados a nuevas elecciones en enero. Pero. sea como sea, será presidente el que logre la mayoría absoluta o la mayoría simple, porque así funciona nuestro sistema parlamentario. Porque el PP, aún habiendo ganado las elecciones, no parece capaz de lograr la mayoría.
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